LA MANADA DE CHUBUT: para el fiscal fue “desahogo sexual”

La violación en grupo que aconteció en 2012 a una chica de 16 años, fue catalogada como “desahogo sexual” según el fiscal de la causa y ni uno de los 6 acusados irá a prisión.
A 5 años del Ni Una Menos, se dio a conocer que en la causa conocida mediáticamente como “la Manada de Chubut”, el fiscal Fernando Rivarola, decidió bajar la calificación de “abuso sexual con acceso carnal” a “abuso sexual simple” y acordó a que se realice un juicio abreviado con los abogados defensores.

Además, Rivarola solicitó que se habilite la feria judicial para sobreseer a uno de los imputados, ya que al momento de cometer el crimen, era menor de edad. Los otros dos acusados, que eran menores para ese momento, ya habían sido sobreseídos.
Ahora todo esto quedará en las manos del juez de la causa, Marcelo Nieto de Biase, quien tendrá que decidir si acepta el juicio abreviado para Leandro Del Villar, Ezequiel Quintana y Luciano Mallamaci, quienes aceptaron haber cometido el hecho. Si esto se diera de esta forma los acusados no irían a prisión ya que la pena sería de 3 años en suspenso.
La víctima se expresó de esta manera:

Por su parte la fiscalía respaldo a Rivarola por media de este comunicado:
En palabras simples, el abuso sexual es justamente un conducta que busca el desahogo sexual del autor sabiendo que lo hace sin el consentimiento de la víctima, que va a cometer una ataque sexual, que se trata de un delito, y consciente de ellos avanza sin consideración del daño que va a provocar en esta. Eso es dolo. Por eso, en el contexto de una exposición, el uso de la frase “desahogo sexual doloso”, resume lo que escribimos en varios renglones al comienzo de este párrafo, fundamentalmente si se hubiera utilizado en el contexto de audiencias o escritos reservados a los que solo debieran acceder profesionales del derecho que conocen el alcance el término dolo.
Lo grave de la situación radica en disfrazar de argumento jurídico una postura totalmente machista carente de perspectiva de género
Dra. florencia gonzales
Sin embargo, esta frase causo mucha indignación en la sociedad y distintxs referentes de todos los espacios políticos salieron a repudiarlo, entre ellxs Abogados y Abogadas.
Al respecto consultamos con Florencia Gonzales, abogada que forma parte de Abogadas Feministas, quien nos acercó información1 que explica de forma simple las distintas caratulas que se podrían aplicar al caso. Al respecto dijo “Claramente el caso en cuestión tendría que tipificarse como Abuso Sexual Agravado, tanto por las cantidades de personas así como por el acceso carnal”.
Para cerrar agregó: “Más allá de la cuestión técnica jurídica de la tipificación del delito, lo grave de la situación radica en disfrazar de argumento jurídico una postura totalmente machista carente de perspectiva de género. No Existe el desahogo sexual como argumento jurídico ni tipificación alguna! Es un peligro que la justicia banalice así una violación”
1 https://www.argentina.gob.ar/justicia/derechofacil/leysimple/delitos-contra-la-integridad-sexual